Connecticut pasó HB-7082, que prohíbe que el estado acepte, mantenga o invierta en Bitcoin y otros activos digitales. El proyecto de ley aprobó por unanimidad la Cámara y el Senado e introdujo nuevos requisitos para las agencias de remesas relacionadas con las criptográficas para verificar el consentimiento de los padres para los usuarios menores de 18 años.
El proyecto de ley, titulado oficialmente "una ley sobre la regulación de la moneda virtual y las inversiones estatales", impuso una prohibición integral de los gobiernos estatales y locales de invertir en activos criptográficos. Separado de la transmisión de dinero, el proyecto de ley prohibió a Connecticut y sus subdivisiones políticas aceptar o requerir el pago en forma de moneda virtual o compra, tenencia, invertir o establecer una reserva de moneda digital. También estipuló que las empresas criptográficas deben adherirse al cumplimiento estricto contra el lavado de dinero (AML).
El proyecto de ley también regula el acceso de los menores a ciertas solicitudes de intercambio de dinero al imponer restricciones y aranceles a esas empresas. En general, prohíbe cualquier negocio, a partir del 1 de octubre de 2025, permitir que cualquiera patrocine, abra o establezca una cuenta de solicitud de intercambio de dinero para un menor a menos que la empresa reciba una certificación de la persona que indica que él o ella es el padre del menor.
La nueva ley impuso dos restricciones al manejo de criptografía por parte de las empresas que participaron en la transmisión de dinero dentro de Connecticut al recibir, enviar, almacenar o mantener la custodia o el control de la moneda virtual.
Primero, prohibió a las empresas vender, transferir, asignar, préstamos, hipotecar, prometir o usar o gravar o gravar la moneda virtual almacenada, retenida, controlada, mantenida por o bajo la custodia o control del negocio en nombre de una persona, excepto la venta, transferencia de propiedad o asignación en la dirección de la persona. En segundo lugar, limitó las disposiciones de la ley actual que autorizan a estas empresas relacionadas con criptografía a utilizar agentes designados para proporcionar servicios de transmisión de dinero en su nombre.
Sin embargo, independientemente de esas autorizaciones actuales, el proyecto de ley también prohibió a las empresas usar o involucrar directa o indirectamente a cualquier otra persona, incluido un de divisas virtuales , almacenar o mantener una moneda virtual para o en nombre de un cliente de un cliente, la otra persona era un transmisor de dinero con licencia, un banco calificado o un sindicato de crédito, o aprobado por el Comisionado Banking para hacerlo. El proyecto de ley defi un "proveedor de servicios de control de moneda virtual" como alguien que controla la moneda virtual bajo un acuerdo con otra persona que asume el control de esta moneda en nombre de una tercera persona.
Según la ley existente, las empresas que participaron en la transmisión de dinero en Connecticut recibiendo, enviando, almacenando o manteniendo la custodia o el control de la criptografía en nombre de otra persona se requirió en todo momento que mantuviera activos digitales del mismo tipo y monto adeudado o obligado a la otra persona. El proyecto de ley también especificó que esta moneda virtual era un interés de propiedad de cualquier reclamante contra los negocios criptográficos de forma proporcional y en el tipo y monto al que los reclamantes tenían derecho, independientemente de cuándo los reclamantes tenían derecho o las empresas obtuvieron el control.
La nueva ley requería que las empresas participan en la transmisión de dinero en Connecticut para proporcionar divulgaciones y recibos específicos para estas transacciones. Sin embargo, el proyecto de ley autorizó al comisionado bancario a renunciar a cualquiera de estos requisitos y aprobar una divulgación o recibo alternativo propuesto por un negocio de criptografía si determinaba que la alternativa era más apropiada para el negocio y le dio la misma información y protección al público.
En ausencia de una divulgación alternativa aprobada, el proyecto de ley requería que las empresas proporcionaran varias revelaciones antes de celebrar una transacción criptográfica para, en nombre de o con una persona. Específicamente, las empresas deben revelar claramente los detalles relevantes en la medida aplicable a la transacción.
La nueva ley de Connecticut también requiere que las empresas brindan recibos específicos de las personas una vez que se completen las transacciones. El recibo debe incluir el nombre de la empresa, la información de contacto y una descripción de cómo una persona puede hacer una pregunta o presentar una queja. Los detalles también incluyen el tipo, la fecha, el tiempo precisos y el valor de la transacción en dólares estadounidenses, y cualquier consideración que se le cobre el negocio por la transacción, incluido cualquier cargo, tarifa o comisión, y la cantidad de cualquier diferencia entre el precio que la persona pagó por la moneda virtual y su precio prevaleciente de mercado.
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